Hoy hablamos sobre el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, conocido comúnmente como Registro de Mediadores o REMEDIA. El Registro de Mediadores depende administrativamente del Ministerio de Justicia. A continuación, desarrollamos su legislación, su contenido, funciones y requisitos de acceso.

¿Qué es el Registro de Mediadores?

El Registro de Mediadores es un instrumento creado por el Ministerio de Justicia, a través del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que en su Capítulo III, desarrolla su creación y objeto. En el Registro de Mediadores podremos encontrar aquellos mediadores y mediadoras que cumplen los requisitos para ejercer la mediación en el territorio nacional. Es una forma de demostrar una formación en mediación.

La inscripción en el Registro Nacional de Mediadores es opcional (excepto en el caso de la mediación concursal), por tanto para ejercer no es obligatorio estar inscrito o inscrita en él. Por tanto, cumple una función publicitaria.

¿Qué se necesita para realizar la inscripción en el Registro de Mediadores?

Para inscribirte, será necesario poseer un certificado digital o un DNIe. En el Curso en Mediación Civil Homologado que ofrece Centro Hera, los alumnos y alumnas aprenderán a solicitar el Certificado Digital si no disponen de él, así como a solicitar la inscripción en el Registro de Mediadores.

Una vez se accede, deberás cumplimentar un formulario con tus datos personales, los ámbitos de actuación (familiar, penal…), el ámbito geográfico (nacional, autonómico, detallando la/s CCAA) y la entidad de formación. Además, deberás indicar con qué compañía tienes suscrita la póliza de Responsabilidad Civil.

Inscripción en el Registro de Mediadores

La inscripción se realiza de forma telemática, no es necesario acudir a ninguna oficina

En unos días, aparecerás como inscrito o inscrita en el buscador que el Ministerio de Justicia tiene en su web.

¿Es recomendable la inscripción en el Registro de Mediadores?

Si bien su inscripción es voluntaria (excepto para los mediadores concursales), la inscripción es altamente recomendable, ya que a efectos acreditativos permite a los potenciales usuarios que soliciten una mediación comprobar que la persona escogida para dirigir el proceso cumple los requisitos legales necesarios, garantizando un nivel de calidad.

Es fundamental asegurarte que el curso de formación en Mediación que realices se encuentre debidamente inscrito en el Registro de Mediadores, de lo contrario, no te servirá para la inscripción como formación válida. El Curso en Mediación Civil ofrecido por Centro Hera cumple los requisitos que impone el Ministerio de Justicia, y cada edición está debidamente inscrita.

Esperamos que con esta entrada hayan quedado resueltas tus dudas con respecto al Registro de Mediadores. ¿Alguna duda más? Déjanos un comentario 😉

¡A mediar!

 

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